La empresa Ebanistería Saldaña S.A., dedicada a venta y fabricación de muebles, ha estado emitiendo de manera voluntaria facturas electrónicas, utilizando el Sistema de Emisión Electrónica con Clave Sol, habiendo conseguido ampliar su infraestructura y aumentar sus diversos puntos de distribución dentro del territorio nacional, observa que es tedioso el uso de emisión electrónica con Clave Sol al contar con varios puntos de distribución, y decide que es momento de cambiar su forma de emisión electrónica.
Al respecto, nos consulta lo siguiente:
Si deseo dejar de emitir comprobantes electrónicos mediante el SEE-SOL, ¿puedo cambiarme al Sistema del Contribuyente? ¿Existe algún impedimento legal?
📝Respuesta
Para poder determinar algún impedimento en el cambio de un Sistema de Emisión Electrónica con Clave Sol (SEE-SOL) a un Sistema de Emisión Electrónica del Contribuyente (SEE-Del Contribuyente), debemos tener en cuenta la Resolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT que crea el Sistema de Emisión Electrónica conformado por el SEE-Del Contribuyente y SEE-SOL, así como sus modificatorias.
Para ello, debemos tener en cuenta que el Sistema de Emisión Electrónica con Clave Sol (SEE-SOL) es un sistema de emisión que se realiza a través del Portal de SUNAT en Operaciones en Línea-Sol o Aplicativo Móvil (APP SUNAT), siendo utilizado por aquellos emisores electrónicos designados por SUNAT o de manera voluntaria (desde el primer comprobante electrónico emitido por este sistema). Para poder emitir mediante este sistema es necesario cumplir los siguientes requisitos:
✔ Contar con código de usuario y clave Sol activa;
✔ Tener condición de habido en el RUC; y
✔ No encontrarse en el RUC en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.
Mientras que el Sistema de Emisión Electrónica del Contribuyente (SEE-Del Contribuyente), es un sistema de emisión desarrollado de los propios sistemas del contribuyente, siendo utilizado por aquellos emisores electrónicos designados por SUNAT o de manera voluntaria. Para poder emitir mediante este sistema es necesario cumplir los siguientes requisitos:
✔ Contar con un certificado digital (el cual debe ser adquirido de los proveedores asignados según INDECOPI y SUNAT) o puede vincularse con uno o más Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE);
✔ No debe tener la condición de no habido en su domicilio fiscal;
✔ No encontrarse en el RUC en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción; y
✔ Encontrarse afecto en el RUC al impuesto a la renta de tercera categoría o generar ese tipo de renta.
Una vez que el contribuyente cuente con el certificado digital, deberá ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, y registrarlo.
Como se puede apreciar, dentro de los requisitos establecidos por la Resolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT y sus modificatorias, no hacen referencia a algún tipo de obligación por parte del contribuyente al momento de modificar su Sistema De Emisión Electrónica, por tal motivo la empresa Ebanistería Saldaña SA sí podría usar el SEE-Del Contribuyente; para ello, solo tendrá que cumplir con los requisitos señalados anteriormente, para poder emitir desde el Sistema de Emisión Electrónica del Contribuyente (SEE-Del Contribuyente).
Autor: José Patiño Blas
Título: Sistema de Emisión Electrónica
Fuente: Actualidad Empresarial N.° 420 – 1ra Quincena de Abril 2019
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